Libertad educativa

Hoy hemos presentado en el Senado una Proposición de Ley para garantizar el derecho de los padres a elegir el castellano como lengua vehicular en la educación de sus hijos; una Proposición de Ley para garantizar el derecho de los de los alumnos a recibir las enseñanzas en castellano, lengua oficial del Estado, y en las demás lenguas cooficiales en sus respectivos territorios. El castellano es lengua vehicular de la enseñanza en todo el Estado y las lenguas cooficiales lo son también en las respectivas Comunidades Autónomas, de acuerdo con sus Estatutos y normativa aplicable.

La iniciativa surge por la necesidad de reformar la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, a la vista de que hay Comunidades Autónomas con dos lenguas oficiales donde no se está asegurando el derecho de los padres a elegir la lengua vehicular en la educación de sus hijos, siendo a veces imposible poder elegir una educación en castellano.

Con esta reforma el Partido Popular pretende reforzar y garantizar el derecho de los padres a elegir el castellano como lengua vehicular en la educación de los hijos.

Para ello las Administraciones educativas deberán diseñar una programación que asegure la oferta del castellano como lengua vehicular en todos los centros de la oferta educativa. Así mismo, deberán garantizar una oferta docente sostenida con fondos públicos en la que el castellano sea utilizado como lengua vehicular en una proporción razonable con asignaturas troncales. Con esto lo que se pretende es que se asegure el dominio de ambas lenguas oficiales por parte de los alumnos.

La Proposición de Ley pone de manifiesto la necesidad de, en aquellos casos en los cuales la inspección educativa autonómica no actúe conforme a las funciones que tiene atribuidas y la normativa educativa en vigor no se adecúe a la norma básica, reforzar y ampliar las atribuciones de la Alta Inspección Educativa, de tal manera que disponga de mecanismos para velar ágil y rápidamente por que los centros educativos desarrollen sus actividades con sujeción a los principios constitucionales, con garantía de neutralidad ideológica y respeto a las opciones religiosas y morales a que hace referencia el artículo 27.3 de la Constitución, y con una efectiva realización de los fines de la actividad educativa

Así mismo, en la misma línea buscando la igualdad, se propone la modificación del artículo 36 bis, para garantizar en las pruebas de acceso a la Universidad, que los exámenes estén a disposición de los alumnos en las dos lenguas oficiales allí donde las hubiere, garantizando la libertad de los alumnos a la hora de utilizar libremente la lengua que deseen.

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